DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley Declara EL CESE PARCIAL DE LA MEDIDAS IMPUESTAS A EXCEPCIÓN de la prohibición de concurrir o acercarse al lugar de los hechos, es decir a la librería “ inversiones GR06” de la ciudad de Valera, prohibición de comunicarse por cualquier vía con las victimas, antes identificadas y la obligación de mantener el domicilio indicado en la audiencia y de cambiar notificarlo previamente al tribunal, todo ello de conformidad a lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Ofíciese lo conducente.
La Juez de Juicio N° 03
El Secretario
Abg. Lexi Matheus
Abg. Alba Mavarez