DISPOSITIVA:
En mérito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Séptimo Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE PRORROGA, interpuesto por la Abog. Abg. YURANCY MERCEDES ARTEAGA ZERPA, en su carácter de Fiscal Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, CONCEDIENDOLE EL LAPSO DE QUINCE (15) DIAS, para presentar acto conclusivo en contra del ciudadano en contra del ciudadano: JOSE GREGORIO ABARCA ABARCA, titular de la cedula de identidad V.- 25.401.858, por estar incurso presuntamente comisión del delito de: ROBO AGRAVADO, EN GRADO DE FRUSTRACION, DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES, previsto y sancionado en los artículos 458, 277 y 413 del Código Penal, el cual concluye en fecha 14 de Marzo de 2012.- NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.
Todo conforme.....