A solicitud del Ministerio Público quien como titular de la acción penal estima que con la imposición de una medida cautelar sustitutiva se dan por satisfechos los extremos que autorizan la medida de privación judicial preventiva de libertad, y por cuanto el delito imputado es susceptible de dos de las fórmulas alternativas a la prosecución del proceso, se le impone al ciudadano RODULFO GOMEZ, titular de la cédula de identidad , Medida Cautelar Sustitutiva, de conformidad con el artículo 242 ordinal 1ro del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, detención en su propio domicilio, tomando en consideración el estado de salud que era visible para el momento de la audiencia de presentación de detenido, en el cual se evidenciaba de la constancia médica que el mismo presentaba trauma toráxico cerrado, trauma abdominal cerrado, trauma facial, por lo que le ordenó la práctica de un reconocimiento médico forense, el cual para la fecha de publicación del presente auto, ya consta en autos co.....