En consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: EXTINGUIDA la pena impuesta en la causa N° TP01-P-2006-556, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, por haber cumplido con los requisitos y las condiciones de la SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA que le fuera otorgada al ciudadano RAFAEL KENNY NUÑEZ VASQUEZ. SEGUNDO: Se ordena la remisión del asunto TP01-P-2007-7501 a su Tribunal de origen (Tribunal de Ejecución N° 01 de este Circuito Judicial Penal) a los fines de la ejecución de la pena y la vigilancia al cumplimiento de la misma por ser el competente según la distribución legal de causas, conforme al artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal.- La presente acta contiene el auto fundado de la presente decisión, q.....