D I S P O S I T I V A:
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados por mandato de los Artículos 1.167 del Código Civil y Literal “a” del Artículo 34 del Decreto con Rango y Fuerza de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la presente Demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento, intentada por la ciudadana: Ofelia Virginia Viloria Peña, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.5.352.567, domiciliada en Trujillo, Estado Trujillo, Asistida por la Abogada Dairy Mejías Dávila, inscrita en el I. P. S. A., bajo el Nro.36.648; Contra: Rosa Barrios de Parra, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.3.521.230, domiciliada en Trujillo, Estado Trujillo, Asistida por el Abogado Fr.....