En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de ACCION REINVINDICATORIA intentada por el ciudadano HABIB DIAB MALOUF, canadiense, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 82.215.376 y, de este domicilio, contra la sociedad mercantil "FASHION CENTER, C.A", inscrita en el Registro Mercantil 1º del Estado Lara en fecha 01/12/2005, anotado bajo el Nº 68, Tomo 46-A, representada por LINET LAU LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 13.265.822 y de este domicilio.
SEGUNDO: En consecuencia, dado que ha quedado demostrada la propiedad del actor en la cosa a reivindicar, y habiéndose probado que la misma esta siendo ocupada sin justo titulo por la demandada, por cuanto esta m.....