En fuerza de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Declara CON LUGAR la Inhibición planteada por la Jueza Novena en función de Control de este Circuito Judicial Penal, abogada Suleima Angulo Gómez, mediante acta levantada en fecha 14 de Noviembre de 2016, en el asunto Nº KP01-P-2015-015972, seguido a los ciudadanos Hector José Yajure, titular de la cédula de identidad N° V-21.622.609 y Nelson Pastor Marchan, titular de la cédula de identidad N° V-19.348.286, en virtud de haber dictado Sentencia Condenatoria por admisión de hechos a los referidos ciudadanos, en la causa principal signada con el Nº KP01-P-2015-015972, cuando cumplía función como Jueza de Control, lo que le impide conocer de la causa respecto al ciudadano Anthony Yaxon Villanueva, titular de la cédula de identidad N° V-22.181.451, con fundamento en la cau.....