ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA y por autoridad de la Ley acuerda: La libertad inmediata del acusado RAFAEL JOSE PAREDES VILLEGAS, Titular de la Cédula de Identidad V- 20.428.034 natural de Valera, nacido en fecha 20-03-88, de 21 años edad, de ocupación dibujante de arquitectura, hijo de Rafael paredes y Ramona paredes Villegas, , residenciado en la Floresta pasaje dos, casa de rejas blanca, por la plaza Miranda Valera estado Trujillo; Asimismo, evidenciado el cumplimiento por parte del Acusado RAFAEL JOSE PAREDES VILLEGAS, de las condiciones impuestas en decisión de fecha 13/03/2008 en la oportunidad en que tuvo lugar la audiencia preliminar, las cuales fueron: no agredir a la victima ni física ni verbalmente; por lo que este Tribunal considera que lo ajustado a Derecho es DECRETAR LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo 48 numeral 7º y 318 numeral 03 del Código Orgánico Procesal Penal al .....