En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: SE ANULA la sentencia definitiva del 19 de septiembre del 2016, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio.
SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA al estado en que se celebre nuevamente la audiencia de juicio conforme Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: No se condena en costas por la naturaleza de la decisión, que no se pronunció sobre el fondo de la controversia y decretó la reposición de oficio.
Dictada en Barquisimeto, Estado Lara, el 31 de mayo del año 2017. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada emanada del juris 2000.