En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano Ernesto José Cruz Graterol, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 9.320.240, contra la decisión de fecha 16 de mayo de 2022, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo
SE DECLARA LA NULO el auto de fecha 16 de mayo de 2022.
SE REPONE la presente causa al estado de que se cumpla lo acordado en auto fecha 27 de octubre de 2021, mediante el cual se le ordenó al partidor elaborar nuevo informe de partición, en apego al artículo 783 del Código de Procedimiento Civil, y se continúe con el trámite de la causa, tal como lo señala el artículo 785 y si.....