Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA la LIBERTAD SIN RESTRICCION ALGUNA al ciudadano ORLANDO JOSE VASQUEZ LUJANO, venezolano, nacido en fecha 04-03-1976, titular de la cédula de identidad Nº V-13.205.115, de 30 años de edad, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio Santa Maria, casa numero 267, más abajo del señor Ciro Lemus, Parroquia Chiquinquirá, Municipio Trujillo, Estado Trujillo, en virtud de que no existe serios y suficientes elementos de convicción en la causa que involucren la participación del referido ciudadano en los hechos imputados, aunado a que el ciudadano nunca ha sido notificado de la investigación abierta en su contra por parte del Ministerio Público, por lo que este tribunal al no estar llenos los extremos exigidos por el legislado ordena la libertad inmediata al ciudadano Orlando José Vásquez, antes identificado, conforme al artículo 44 constitucional, y asi se decide. L.....