D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada contra la sentencia proferida por el A quo, en fecha 30 de marzo de 2022.
CON LUGAR la acción de desalojo de inmueble propuesta por el ciudadano Vicente Segundo Valero Duran, contra el ciudadano José Octaviano Albarrán Mejías, ambos identificados.
Se CONDENA a la parte demandada, ciudadano José Octaviano Albarrán Mejías, identificado en autos, a hacer entrega a la parte demandante, del inmueble que ocupa como arrendatario consistente un inmueble ubicado en la avenida Trasandina, quinta avenida, signado con el número 03-55, del municipio Valera del estado Trujillo.
QUEDA ASI CONFIRMADO el fallo apelado.
Se condena en las costas a la p.....