DECLARA CON LUGAR LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO interpuesto por el Abg. JORGE L. LUQUE C. actuando con el carácter de Defensor Publico Penal Décimo Quinto, del ciudadano JOSE GREGORIO PLAZA PERDOMO, en la causa penal Nº TP01-P-2015-019243, recurso éste ejercido en contra del Auto de fecha 12 de Julio de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, que declara: "....EN PRIMER LUGAR, califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto el ciudadano: PLAZA PERDOMO JOSE GREGORIO, por la presunta comisión del delito , HURTO CALIFICADO, PREVISTO Y SANCIOANDO EN EL ART. 453. 3, 4 Y 6 del Código Penal. EN SEGUNDO LUGAR, decreta al ciudadano PLAZA PERDOMO JOSE GREGORIO, LA MEDIDA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad SEGUNDO: Se revoca la medida de privación judicial preventiva de libertad y se imponen las siguientes medidas cautelares sustitutivas de libertad: P.....