En razón de lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda AUMENTAR la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, que el ciudadano CARLOS JAVIER VALERA, deberá pasar a su hijo.-
En consecuencia, se fija la cantidad de VEINTIUN MIL BOLÍVARES (Bs. 21.000,oo) mensuales a partir del mes de MARZO 2.017, por concepto de OBLIGACION DE MANUTENCION, BONO DE UTILES, BONO DE JUGUETES y la cantidad de SETENTA y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 75.000,oo) como BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO (AGUINALDOS) 2.017. Igualmente los gastos de medicina, vestido, calzado y otros que se presenten, serán compartidos por ambos, es decir, cincuenta por ciento (50%) cada uno.
Notifíquese mediante oficio de tal decisión al ciudadano CARLOS JAVIER VALERA y remítase al Registro Publi.....