DECIDE:
PRIMERO: Se declara Sin Lugar la apelación ejercida por el ciudadano JUAN VICENTE RAMÍREZ, actuando en su propio nombre y representación, en fecha 14 de enero de 2009, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de fecha 22 de septiembre de 2008, mediante la cual declaró: Con lugar la Querella Interdictal de Amparo, intentada por el ciudadano Gabriel Matheus Briceño, en contra de los ciudadanos Juan Vicente Ramírez Granadillo y María del Pilar Ramírez Araujo, todos planamente identificados en autos; Se AMPARÓ en la posesión al ciudadano Gabriel Matheus Briceño, sobre un lote de terreno ubicado dentro de los siguientes linderos: POR EL SUR: Carretera Nacional; POR EL NORTE: Carretera agrícola, POR EL ESTE: siembra de los Ramírez, y POR EL OESTE: Chalet de los Ramírez, con una superficie de una (1) hectárea aproximadamente, ubica.....