Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la Demanda que por DESALOJO DE INMUEBLE propuso en fecha 14 de julio del año 2010, el ciudadano: EURIPIDES GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, casado, domiciliado en Boconó Estado Trujillo, titular de la cédula de identidad N° V-225.015, asistido por la Abogada en ejercicio, JEANETTE COROMOTO BASTIDAS ASUAJE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 77.965; contra el ciudadano: ELIO CARREÑO MIRANDA, venezolano, mayor de edad, casado, profesor, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.790.975, domiciliado en la Calle San Isidro, frente a la Placita Andrés Bello, Casa S/N°, Segunda Planta, Sector Primera Sabana, jurisdicción de la Parroquia El Carmen, Municipio Boconó Estado Trujillo, la cual ocupa una vivienda ubicada en la Segunda Sabana, jurisdicción de la Parroquia El Carmen, Municipio Boconó, estado Trujillo; todo de conformidad con los artículos 33 y 34 del Decreto con fuerza y rango de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.-