DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se decreta Medida Privativa de Libertad al ciudadano LUIS ELVIDIO NOBRIGA ANGULO, venezolano, de 29 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.824.829, natural de Trujillo estado Trujillo, en fecha 28/04/1979, grado de instrucción sexto grado, ocupación obrero, hijo de Pedro Arsenia Nobriga y Dulce Maria Nobriga, residenciado en el Valle SAN Luís, calle del Sector 5, casa Nº 34, cerca del Modulo de San Luís, Valera estado Trujillo, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en agravio de la Socied.....