D I S P O S I T I V A
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la Querella Interdictal de Amparo, intentada por el ciudadano Gabriel Matheus Briceño, en contra de los ciudadanos Juan Vicente Ramírez Granadillo y María del Pilar Ramírez Araujo, todos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se AMPARA en la posesión al ciudadano Gabriel Matheus Briceño, sobre un lote de terreno ubicado dentro de los siguientes linderos: POR EL SUR: Carretera Nacional; POR EL NORTE: Carretera agrícola, POR EL ESTE: siembra de los Ramírez, y POR EL OESTE: Chalet de los Ramírez, con una superficie de una (1) hectárea aproximadamente, ubicada en el sector denominado Las Delicias, Par.....