Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Rafael Simancas Araque actuando con el carácter de Defensor Privado de los ciudadanos: RICARDO JOSÉ PEÑA GALLARDO, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.267.767 venezolano, de 29 años de edad, soltero, ocupación trabajador informal en la avenida 10 Valera, un puesto de ropa frente a CORALUZ, hijo de Hugo Peña y de Mirna Gallardo, nacido el 05-02-1983, natural de Valera estado Trujillo, residenciado Barrio el Milagro pasaje 3, calle 8, a dos cuadras del CDI Valera estado Trujillo, NELSON ENRIQUE GODOY RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.656.178 , venezolano, de 21 años de edad, soltero, buhonero en el centro .....