DECLARA SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO interpuesto por el Abg. JONNATHAN BRICEÑO., actuando con el carácter de Defensor Privado de los ciudadanos EDGAR ALEXANDER MATOS TORRES, JUAN MANUEL QUEVEDO GIL y WILLIMAS ANTONIO MARIN MARIN, en la causa penal Nº TP01-P-2015-000182, recurso éste ejercido en contra del Auto de fecha 01 de Mayo de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 7 del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, que declara: "...en cuanto, a la precalificación fiscal el Tribunal no comparte la precalifican en cuanto al delito de Ocultamiento Ilícito de arma de fuego, por cuanto resulta materialmente imposible que los cuatro (04) imputados haya ocultado la referida arma, debió ser uno solo de ellos y al no individualizar el Ministerio Publico, pues, simplemente no es susceptible de ser procesados por ese delito. Si comparte la calificación dada por el Ministerio Publico a este Tribunal por la comisión de dos delitos, supuestament.....