Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesto por los Abogados y SIMON JOSE QUIÑONES y RAFAEL DURAN BARILLAS actuando con el carácter de Defensores Privados de los ciudadanos ALVARO ENRIQUE MONTILLA, JESUS ENRIQUE LAGUNA, JAVIER ENRIQUE HERNANDEZ ARAUJO y EXIO JOSE LAGUNA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N ° 16.066.563, 25.913.070, 18.456.089 y 19.103.046 respectivamente, contra la actuación del juez Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal a cargo del Juez Titular Dr. Francisco Elias Codecido Mora en causa penal signada bajo el Nº TP01-P-2008-004439.