ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el ABOGADO RIGOBERTO GONZALEZ, Defensor público del ciudadano FRANKLIN GREGORIO DABOIN, por la comisión del delito de Amenaza Agravada, en agravio de la ciudadana BRIGIDA DEL CARMEN DABOIN, contra la decisión dictada en Audiencia de fecha 20 de Mayo de 2008 y publicada en 6 de junio de 2008, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal, en la que acordó decretar Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con el artículo 250 y 251 numeral 4° del COPP y se ordenó librar orden de aprehensión.