III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación propuesta por el apoderado de la parte demandada contra la sentencia definitiva dictada por el A quo en fecha 30 de mayo de 2017.
Se declara INADMISIBLE la presente demanda propuesta por los ciudadanos Jesús Alberto Carrillo Barreto y Daniel Eduardo Carrillo Barreto contra el ciudadano Omar Segundo Carrillo Montilla, por reivindicación de inmueble destinado a vivienda, por no haberse agotado el procedimiento administrativo previo a las demandas previsto en los artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra el Desalojo y Desocupación Arbitraria de Viviendas, el cual resulta aplicable en virtud de que la present.....