este tribunal segundo de primera instancia en funciones de control del circuito judicial penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la república bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: De Conformidad con lo establecido en el articulo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 311 eiusdem y en armonía con los artículos 115 constitucional y 545 del código civil, se acuerda la entrega sin restricciones del vehículo, cuyas características son las siguientes MARCA: FORD, COLOR: BLANCO, MODELO: F-150, AÑO: 1980, USO: CARGA, PLACA: 40JKAK, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, SERIAL DE CARROCERIA: AJF15W22376, SERIAL DEL MOTOR: 6 CIL al ciudadano JOSÉ DESIDERIO DELGADO, titular de la cédula de Identidad N° 8.724.964 .SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en los artículos 2, 19 y 26 constitucionales, en concordancia con los artículos 1141 y 1753 del código civil, se exonera del pago p.....