ÚNICO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR lo solicitado por la Fiscal Séptima (A) del Ministerio Público, y en consecuencia:
1. DECLARA NO FLAGRANTE la aprehensión del ciudadano JOSÉ ORLANDO RUIZ SALCEDO, plenamente identificado en el texto de esta decisión, por no satisfacer a cabalidad los extremos exigidos por el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal;
2. ORDENA la aplicación del Procedimiento Ordinario a los fines de que el Ministerio Público proceda conforme a lo establecido en los artículos 283 y 300 eiusdem; y,
3. DECRETA sobre el imputado José Orlando Ruiz Salcedo, MEDIDA CAUTELAR de someterse al cuidado y vigilancia de la ciudadana GÉNOVA SALCEDO, titular de la cédula de identidad V-23.252.229, por el delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, tipificado en el artículo 31 tercer aparte, de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con los artículos 250 y 256 n.....