DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. PRIMERO: Se ADMITE en todas y cada una de sus partes la Acusación presentada por el Ministerio Publico en contra del ciudadano ANTONIO JOSE MORON RIVEROS: venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de Identidad N° 20.151.558, de ocupación obrero, hijo Morón Méndez Rufo Antonio y Sixta Riveros de Morón, natural Bocono Estado Trujillo, de 20 años de edad, nacido en fecha 25-02-1988, residenciado en Sector Santa Elena Via Las Guayabitas, Casa Sin Numero, al Lado de Campesino Gas, Bocono Estado Trujillo, por el delito de Amenazas, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho De Las Mujeres Una Vida Libre De Violencia, en perjuicio de la ciudadana Marta.....