DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho explanadas por las partes este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace las siguientes determinaciones: PRIMERO: Se admite la acusación presentada por el Ministerio Público, en contra del ciudadano SAAVEDRA BOLIVAR GEOVANNY ANTONIO, venezolano, mayor de edad de 29 años de edad, Soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nª 13926284, nacido en fecha 29-08-1978, natural de Trujillo Estado Trujillo, hijo de Maria Senair Bolívar Aldana y Andrés Saavedra, grado de instrucción Bachiller, de ocupación Cabo Segundo de la Guardia Nacional, residenciado en Calle la Florida, Monay, Municipio Pampan, Casa de rejas Rosadas, al lado de una carnicería de tres pisos, en la esquina caliente, del Estado Trujillo por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA previsto y sancionado en los artículos 39 y 41 en s.....