Este Tribunal oídas las exposiciones de las partes y vistas las presentes actuaciones Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, se ejecuta la sentencia conforme al artícuilo 478 y 480 del código adjetivo penal e Impone formalmente al penado Ángel José Madriz, de la ejecución de la sentencia donde se condeno a cumplir la pena de Cuatro (04) años, cuatro (04) meses, ocho (08) días y cuatro (04) horas, por el delito de Robo Agravado en grado de tentativa y Lesiones menos graves y leves, previsto en los artículos 460, 80 415, 418 en concordancia con los artículos 462, 323, 320, 87, todos del Código Penal, así mismo se desaplica las penas accesoria según jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, se declaran con lugar los pedimentos de la Defensa y la representación fiscal. Se acuerda Con Lugar la solicitud de reclusión del penado Ángel José Madrid en el Internado judicial del estado Trujillo. Se líbró la boleta de encarcelación.
El Tribunal acuer.....