DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA PENA, impuesta al penado JOHAN RAMÓN GUDIÑO CORDERO, venezolano, cédula de identidad N° 19.148.176, soltero, cañero, hijo de José Gudiño y Ana Cordero, de 18 años de edad, nacido el 13-12-85, residenciado en vía río seco, a 5 casa de la Iglesia, Los Cardones de Monay, casa color blanca, Estado Trujillo en virtud del cumplimiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena conforme a lo establecido en los artículos 511 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión e impóngase al penado en fecha 29/06/06 a las 9:00 de la mañana, en este Circuito Judicial Penal. Remít.....