TRIBUNAL DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEl CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: Mantener, conforme a las facultades cautelares establecidas en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección al Niño y al Adolescente, la medida de detención domiciliaria decretada a los adolescentes , modificada en el lugar, a saber Corozal el cual forma parte del fundo campo lindo, Municipio Candelaria del estado Trujillo, con rondas policiales por parte del los Funcionarios del Departamento N° 13 y bajo la custodia y vigilancia de la Ciudadana , titular de la Cédula de identidad Nº, quien aceptando en sala su responsabilidad deberá informar sobre cualquier eventualidad de la medida.
Publíquese y Regístrese.- Agréguese copia en el copiador de Resoluciones correspondiente. Dada, Sellada y Firmada en Trujillo, Estado Trujillo, a los diez (10.....