Primero: La Reposición de la presente causa al estado de que este Tribunal se pronuncie con respecto al escrito cursante al folio 898, presentado por el Apoderado de la parte intimada, Abogado José Enrique Uzcátegui, solicitando al Tribunal declara la inadmisibilidad del escrito cursante a los folios 893 al 897; asimismo como del escrito cursante a los folios 900 y 901 presentado por el Abogado Ismael Castro, apoderado Judicial de la Empresa "Estación de Servicios Los Silos C.A.", y del escrito de pruebas presentado por la parte intimada, cursante al folio 902.