De la revisión exhaustiva que este Tribunal ha practicado sobre las actas procesales del presente expediente, este Tribunal así resuelve:
Primero: Con relación a que este Tribunal se abstenga a lo solicitado por la parte demandada, este Juzgado le hace saber a la parte demandante que contra las decisiones, ya sean definitivas o interlocutorias, así como los autos que causen un gravamen irreparable a algunas de las partes, estas tienen a su disposiciones los diferentes recursos que le otorga la ley a fin de salvaguardar sus derechos. Así se establece
Segundo: En referencia a la diligencia consignada en fecha 07 de Noviembre de 2023, por el Abogado en ejercicio Frank Hernández, se tiene como no presentado por cuanto se evidencia que carece de firma del diligenciante