Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el 02 de abril de 2009, se declara INCOMPETENTE POR LA CUANTÍA para decidir el presente asunto, declarándose válidas todas las actuaciones realizadas hasta la presente fecha y DECLINA LA COMPETENCIA para decidir el presente asunto, en cualesquiera de los Tribunales de los municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de esta Circunscripción Judicial, por encontrarse el inmueble objeto de litigio en el Municipio Valera del estado Trujillo . Y así se declara.
Remítase el presente expediente en la oportunidad de Ley a la Unidad Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de los Municipios Valera, Motatán, Escuque y San Rafael de Carvajal de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, para que distribuya el mismo.
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes.
La Secretaria Accidental,
Abg. Mary Trini Godoy.
AGP/nvam.-