D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Acción Mero Declarativa de existencia de Relación Concubinaria, intentada por la ciudadana MARIA TERESA SANTOS, plenamente identificada en autos, en contra de los ciudadanos MARIA CENOBIA LEON DE ROSARIO, JOSE LORENZO, JOSE EMIGDIO, JOSE ENRIQUE, RITO RAMON, ELEAZAR RAMON y JOSE HERNAN LEON SANTOS, todos plenamente identificados en autos, y en contra de los HEREDEROS DESCONOCIDOS del causante JOSE RAMON LEON LEON.
SEGUNDO: SE DECLARA que existió una relación concubinaria entre los ciudadanos MARIA TERESA SANTOS y JOSE RAMON LEON LEON, antes identificados, por un lapso de cincuenta y siete (57) .....