D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DIVORCIO fundamentado en el Ordinal 3° del artículo 185 del Código Civil, intentó el ciudadano José Joaquín Abreu Rondón, en contra de la ciudadana Meibon Magdeline Méndez, ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajo el ciudadano JOSÉ JOAQUÍN ABREU RONDÓN con la ciudadana MEIBON MAGDELINE MÉNDEZ, en fecha trece (13) de febrero de mil novecientos noventa y nueve (1.999), por ante la Prefectura de la parroquia Mercedes Díaz, del municipio Valera del estado Trujillo.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, s.....