DISPOSITIVA
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PRESCRITA la acción por NULIDAD DE VENTAS interpuesta por la ciudadana CARMEN JOSEFINA MORILLO GARCÍA DE CABRERA contra los ciudadanos JOSEFA MARÍA GARCÍA GONZALEZ, JEANETTE JOSEFINA CABRERA, NELSON RAFAEL CARMONA BRICEÑO Y JUAN ANTONIO GARCÍA PIMENTEL, todos plenamente identificados, respecto de las siguientes ventas: 1°) La registrada en fecha tres de noviembre de mil novecientos sesenta y cuatro (03-11-1964), Protocolo Primero, Tomo 2, bajo el No. 55; 2) La de fecha 10-04-2.002, Protocolo Primero, Tomo 1, bajo el No. 29; 3) La de fecha 02-10-2003, inscrita en el Protocolo Primero, tomo 1, bajo el No.7; 4) La de fecha 24-04-1.....