D I S P O S I T I V A
Por los argumentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentado en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por el ciudadano: MANUEL SALVADOR GONZALEZ, en contra de su cónyuge LUZ MARINA AGUILAR, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído el día DIECIOCHO (18) MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS (1.982), por ante la Prefectura del Municipio Mercedes Díaz de Valera, estado Trujillo, según se evidencia del acta de matrimonio signada con el N° 125, que corre inserta al folio 2 del expediente.
No hay condena en costas debido a la naturaleza de la acción.
Déjese por Secretaría copia certi.....