DISPOSITIVA
Este Tribunal de Protección, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los ciudadanos LEONARDO ANTONIO RIVERO PEREZ y ELVIS CHIQUINQUIRA NERY MAVAREZ, ya identificados, contrajeron en fecha seis (06) de diciembre de mil novecientos ochenta y seis (1.986), por ante la Prefectura del Municipio Cabimas, Distrito Bolívar del Estado Zulia, según acta Nro. 856.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 351, parágrafo primero de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la titularidad de la patria potestad será ejercida por ambos padres; en cuanto a la responsabilidad de crianza es compartida por los progenitores, en cuanto a la custodia de los hijos (Se omiten sus nombres de acuerdo a las previsiones de la LOPNA), corresponderá a la madre ciudadana MARIA VIRGINIA HERNANDEZ ARISMENDI, ya identificada, en el lugar donde fije su residencia; en cu.....