En fecha 06 de Diciembre de 2012, los solicitantes de autos, ciudadanos Arturo Rosario y Janeth Coromoto Venegas Ramírez, Asistidos por el Abogado Pedro Vale, presentaron escrito en el cual manifestaron que, "...tal y como se evidencia de Expediente N° 1.857/12, en fecha 08 de Febrero de 2012, fue admitida y declarada por este Tribunal nuestra Separación de Cuerpos y de Bienes; ahora bien por cuanto ha operado entre nosotros la reconciliación y nuevamente estamos viviendo en pareja, por medio del presente escrito solicitamos al Tribunal deje sin efecto dicha solicitud y sin ningún efecto jurídico, y por ende continúe nuestra relación matrimonial con sus efectos personales y patrimoniales..."
Este Tribunal vista la manifestación espontánea de los solicitantes de autos, en fecha 06 de Diciembre de 2012, en la cual señalan su reconciliación, en consecuencia, este Tribunal de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Just.....