TERCERO:
Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en Nombre de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185¿A del Código Civil formulado por el ciudadano JOSE LUIS FLORES MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V9.164.142, domiciliado en el Municipio Escuque del Estado Trujillo, contra la ciudadana LUZ MARIA GOMEZ RODRIGUEZ, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 23.238.901. En consecuencia QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído en fecha 09 de Marzo de 1988, por ante la Prefectura del Municipio La Unión Distrito Escuque Estado Trujillo, según se evidencia del Acta de Matrimonio signada con el No. 109, que corre inserta al folio tres (03) deI presente exped.....