útiles escolares, vestuario, calzado, asistencia médica, medicinas cuando lo amerite; los cuales fueron aceptados en esta misma fecha por la beneficiaria: GENESIS LOREAM ROMERO GIL, venezolana, de diecinueve (19) años de edad, soltera, de profesión ú oficios Estudiante, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.256.603, domiciliada en el Sector Chandá, Finca El Mirador, casa S/N°, Parroquia y Municipio Boconó del Estado Trujillo, hechos configurativos del CONVENIMIENTO, a que se contrae en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño (a) y Adolescente, porque la primera prioridad a los fines del establecimiento de este beneficio le otorga a los padres debiendo el Tribunal simple y llanamente, que HOMOLOGARLO, porque se considera ese acuerdo acorde al interés superior de: GENESIS LOREAM ROMERO GIL (beneficiaria), en tanto que lógicamente esos beneficios se usarán en la satisfacción parcial de sus necesidades.-