Por todos los razonamiento antes expuestos este Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN solicitada por el ciudadano: JUAN AGUSTIN ZERPA BASTIDAS, a favor de sus hijos JUAN ERNESTO y EMILIA GETSEMANI ZERPA ÁNGEL En consecuencia: PRIMERO: Se fija la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,00), mensuales más el doble de dicha cantidad en los meses de agosto y diciembre como bono vacacional y bonificación de fin de año (aguinaldos), así como también el 50% en cuanto a gastos relacionados a uniformes, útiles escolares, calzado, vestuario, asistencia médica y medicina, como OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, que a sus hijos antes mencionados le debe pasar el ciudadano: JUAN AGUSTIN ZERPA BASTIDAS, plenamente identificado en autos, desde.....