DISPOSITIVO
Por las razones expuestas este Juzgado Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN INTERPUESTA por la apoderada judicial de la parte actora, Abogada MARIA ALEJANDRA JEREZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 71.813. SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD DEL AUTO DE FECHA 30-01-2008 DICTADO POR EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL. TERCERO: SE ORDENA LA DEVOLUCIÓN DEL PRESENTE EXPEDIENTE AL TRIBUNAL DE JUICIO PARA LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA DE JUICIO PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a los veintiséis (26) días del mes de Mayo de dos mil ocho (2008).- Años 1.....