Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR, ADMITE LA ACUSACIÓN PRESENTADA por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, contra el ciudadano: MIGUEL ANGEL LEON BRICEÑO, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 20.429.736, fecha de nacimiento 05/03/1991, soltero de 20 años de edad, hijo de Oswaldo ramon Leon y Ninoska del carmen Briceño, Grado de instrucción: quinto semestre de contaduría pública, Ocupación Estudiante DOMICILIADO en PLATA 3, CURVA DEL INDIO, VERERDA 30, CASA Nº 7, TELEFONO: 0416-0896227 MUNICIPIO VALERA ESTADO TRUJILLO por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previstos y sancionados en el artículo 43 encabezamiento y tercer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida libre de Violencia en agravio de.....