ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: 1.- Se admite la acusación en todas y cada una de sus partes de conformidad con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, presentada por el Ministerio Público en contra del imputado GABRIEL ALEJANDRO BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.094..232, de ocupación Comerciante, hijo Mireya del Carmen, de padre desconocido, natural de Valera Estado Trujillo, de 23 años de edad, nacido en fecha 14-02-1986, residenciado en la Calle de campo Alegre, Casa Nº 26, cerca de la panadería el Limón, Carvajal Estado Trujillo, telefono 0416-479-23-91, por la comisión del delito de Amenaza, previsto y sancionado en el artículo 41 encabezamiento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de Ramirez Calderon Luzmila Coromoto, igual se admiten los medios probatorios promovidos por ser útiles necesari.....