En consecuencia corresponde a este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dictar las siguientes consideraciones: PRIMERO: Se admite la Acusación presentada y las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, en contra del ciudadano José Andrés Carrillo García, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 9.008.784, de ocupación albañil, natural de Trujillo, de 62 años de edad, nacido en fecha 30-11-49, residenciado en el sector miraflores, calle principal, casa sin numero, frente a la granja de codornices, a tres casas de la familia carrillo, Cubita, Municipio Carvajal del Estado Trujillo, por la comisión del delito de AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 41, primer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de la ciudadana .....