Por lo antes expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control Audiencias y medidas Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, SOBRESEE LA CAUSA, cuya investigación se encuentra signada con el Nº D21-2040-2005, iniciada por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia contra la mujer y la Familia vigente para el momento del hecho, con ocasión de denuncia interpuesta por la ciudadana YUSMARY CAROLINA LAGUNA BAPTISTA titular de la cédula de identidad Nº 13764931, residenciada en el sector El Pencil, primera entrada, casa s/n, Municipio Escuque del Estado Trujillo, en contra del ciudadano OSWALDO JOSE PERDOMO, de conformidad con lo establecido en los artículos 318, ordinales 3º , 48 ordinal 8º del Código Orgánico Proces.....