PRIMERO: Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio), a favor de la ciudadana ELICINA DEL CARMEN VILORIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.352.791, de conformidad con lo establecido en los artículos 937 del Código de Procedimiento Civil, y 66 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el artículo 1 literal "c" de la resolución conjunta de los Ministerios del Poder Popular para la Agricultura y Relaciones Interiores Justicia y Paz, publicada en Gaceta Oficial N° 40.421 de fecha 28 de Mayo de 2014; sobre un conjunto de mejoras y bienhechuras