LA ADMITE en cuanto ha lugar en derecho se refiere y ordena darle el curso de ley correspondiente. De conformidad con lo establecido en el Artículo 200 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, emplácese a la ciudadana: EDRY YVONNE SILVA BARROETA, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 6.904.809, domiciliada en la Hacienda la Victoria, única quinta que existe en la hacienda, entrando por la parroquia Santa María del Horcón (casa de tabla), Municipio Monte Carmelo del Estado Trujillo, la misma se llevará a cabo en esta dirección que fue indicada en el escrito de demanda, a fin de que comparezca por ante este Tribunal dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes a que consten en autos la citación más un (01) día que se le concede como termino de la distancia, para que proceda a contestar la demanda de ACCIÓN POSESORIA RESTITUTORIA E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS,