DISPOSITIVA:
Por los argumentos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud de Divorcio fundamentada en el Articulo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos: MARIA ESPERANZA CABRERA DE BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.: V-10.315.216, domiciliada en la Casa Corazón de María, frente a la Plaza Sucre, Parroquia Chiquinquirá del Municipio y Estado Trujillo, y FELIX GARDEL BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.: V-8.905.198, domiciliado en Ministerio de Educación, Esquina de Salas, Piso Nro. 08, Coordinación de Becas, Caracas, Distrito Capital. En consecuencia QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contra.....